La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) de Guatemala ha publicado en el acuerdo 13-2018 el nuevo Régimen de Factura Electrónica en Línea, denominado FEL.
De forma progresiva, la SAT definirá los segmentos de contribuyentes y los plazos en los que deberán incorporarse al régimen FEL. No obstante, los contribuyentes que lo deseen pueden solicitar su incorporación voluntaria al régimen.
Se tiene contemplado como primer segmento, a los contribuyentes que a la entrada de vigencia del acuerdo se encuentren clasificados como Contribuyentes Especiales.
Uno de los cambios más importantes es la eliminación por completo de la copia de factura. Es decir, ya no hay que mandar la información de la factura al GFACE.
Por otro lado, la firma electrónica será obligatoria en las facturas electrónicas, como mecanismo de autenticidad y no repudio de las mismas.
En tercer lugar, la SAT anuncia que almacenará todas las facturas. Esto no exime a los emisores y receptores a conservar el archivo XML durante el plazo establecido en el Código Tributario. Los Certificadores están también obligados a conservar los archivos en formato XML de los DTE certificados y los respectivos acuses de recibo de a SAT.
Podrán emitir DTE en el nuevo Régimen y/o: En el caso de los contribuyentes que se incorporen por disposición administrativa que emita la SAT, podrán seguir emitiendo documentos tributarios, utilizando sus autorizaciones de documentos vigentes en papel o Régimen FACE, únicamente durante el plazo que le otorgue la misma disposición. Base legal: Acuerdo de Directorio SAT 13-2018, art. 11 segundo párrafo. Los contribuyentes que se incorporen de forma voluntaria podrán seguir utilizando sus autorizaciones de documentos vigentes en papel o Régimen FACE, únicamente en el plazo de seis (6) meses. Base legal: Acuerdo de Directorio SAT 13-2018, art. 12 segundo párrafo.